CHILE 2019: JUSTICIA DE CLASE.


Chile 2019: Justicia de clase.
"La ley tiende a favorecer o a castigar menos aquellos delitos de corrupción, de fraude, y que son procesos larguísimos en que esas personas o les ofrecen una salida, terminan absueltos o con penas ridículas".
"Mi opinión es que esos casos terminaron de la peor manera, casi como un 'perdonazo' general para todos los que cometieron esos hechos tan graves".
"Hay una sensación de la gente, bien fundada, que hay dos justicias y que aquella persona que tiene más recursos y que tiene más posibilidades de defensa, tiene mayor seguridad de que la sanción no le va a llegar de la manera en que está prevista por la ley. Y a los que tienen menos recursos, bueno, a ellos se les aplica la ley, a ellos se les aplica la ley como debe ser, porque han cometido un delito y la ley dice qué pena tiene ese delito".
Milton Juica Arancibia.


En Chile los poderosos no cometen “delitos”; sólo incurren en meros “errores” o simples “equivocaciones”, cuya consecuencia legal-judicial (pena, sanción concreta) hoy envuelven multas y clases de ética, medidas risibles si no fuese -entre otros datos- por su efecto provocador colectivo.
Como un factor que sustenta tal realidad, se ubica el elenco de mecanismos normativos destinados a la impunidad empresarial, insertos en el Código procesal, cuyos autores, vinculados al capital, confesaron en el propio Mensaje presidencial de dicho cuerpo legal el anhelo de tutelar al régimen económico (y, por tanto, a sus beneficiarios); e incorporaron las denominadas salidas alternativas: entre otras, las suspensiones condicionales al arbitrio del fiscal (aun con rechazo de la víctima-querellante), y forzados acuerdos reparatorios cuyo precio (ellos saben bien que, para otros, la necesidad de sobrevivir tiene precio) es la impunidad para los hechores.
Ilustrativa y actualísima es una escena de “Historia de dos ciudades”, de Charles Dickens: aquella en que el carruaje del marqués corre a gran velocidad por una callejuela, y atropella y mata a un niño:
- Es extraordinario que no sepáis cuidar de vuestros hijos y de vosotros mismos.
Siempre hay alguno en el camino de mi carroza. ¿Cómo puedo estar seguro de que no habéis hecho daño a mis caballos? ¡Dadle eso!
Sacó una moneda de oro que entregó al criado, y todas las miradas estuvieron atentas cuando caía.”.
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- ¿No les ha ocurrido nada a los caballos?
Y sin dignarse mirar por segunda vez a la gente que se había reunido, el señor marqués se reclinó de nuevo en su asiento y se alejó, como si hubiera causado un ligero estropicio y lo pagara generosamente...”.
En Chile, el homicidio culposo (arts. 490 y 492 del Código penal) también puede ser impune mediante la voluntad del fiscal, o por tales acuerdos.
Los órganos estatales vinculados a la Justicia -no sólo aquellos que ejecutan la interpretación y aplicación a casos concretos, sino, además, aquellos que generan la normativa y que dirigen la persecución penal- no hacen Justicia.
Añádase el batallón de operadores del empresariado incrustados en el Estado.

La “colaboración” académica y su dependencia empresarial.
Retrotrayendo al siglo XIX.
Mención aparte exigen las voluntades académicas que día a día alimentan en la mentalidad estudiantil los intereses, ambiciones y concepción del mundo de dicho sector social.
Y que ahora suma a profesores del área ingenieril para crear, según ellos, textualmente, “modelos matemáticos e ingenieriles que permiten predecir la forma de operar de los delincuentes…”, y queanalizan, entre otras aplicaciones, la conducta del delincuente y los patrones escondidos en los procesos de actividad criminal. CEAMOS está integrado por profesores de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, de la Universidad Adolfo Ibáñez, de la Pontificia Universidad Católica de Chile y de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Concepción...”.
Pomposa imagen pero cuya labor resulta parcial, sesgada y tendenciosa, alimentando la estigmatización o etiquetamiento social (y la mantención del statu quo estructural económicosocial), mediante sus contenidos e iconografía: ausencia de referencias a la delincuencia empresarial y de cuello y corbata; para ellos, la “delincuencia” sería marca exclusiva o propia del pobre (robos, hurtos y homicidios callejeros). De antología son publicaciones al alero de universidades públicas, y privadas estrechamente ligadas al interés patronal (lo es CEAMOS, “Centro de análisis y modelamiento en seguridad”). Y que no suministran datos sobre la delincuencia político-empresarial (conocida en los últimos años); ni sobre los numerosos y reincidentes homicidios culposos generados empresarialmente por su afán de lucro, en accidentes laborales, rápidamente silenciados mediante “acuerdos reparatorios” impulsados por el Ministerio Público, y cuyo efecto -y condición para su recepción por los familiares de las víctimas-, es la impunidad total de los hechores.
Alta ignorancia, y desdén institucional.
Acierta el exministro Juica: largos procesos que -previsiblemente para el normador que la generó- sólo pueden ser enfrentados y financiados por los poderosos…
Constatación que días después no logró ser desmentida por Lamberto Cisternas, quien, intentando restar fundamento a lo planteado por Juica, invocó la tarea de la Defensoría Penal Pública, olvidando que dicha entidad nada puede hacer frente a que fiscalías y tribunales ejecuten mecanismos procesales fabricados para operar aun con objeción de la parte defensora.
Y se olvida que la cabeza del Ministerio Público fue acusada constitucionalmente, precisamente por sus vínculos con partes político-empresariales involucradas judicialmente, y por su preocupación en diligenciar procesos que involucran a parlamentarios. La Corte Suprema (sus 17 miembros) no pudo desvirtuar la veracidad de tales acusaciones; en tono desdeñoso (tal vez porque los parlamentarios acusadores no son parte del establishment, clase dirigente integrante del statu quo; y sus abogados no integran el círculo sociolaboral del poder) se bajó el perfil a la entidad y gravedad (jurídica) de las conductas contenidas en el libelo acusatorio.
Desdén inocultable, que proyecta una idea de cómo se piensa: algo así como que estos “...rotos ignorantes, no saben cómo funciona el sistema; qué se han creído, necesitan una lección respecto de cómo funciona la sociedad...” (osea, unos arriba y otros abajo).
Métodos interpretativos, y fallos que confiesan a sus autores.
La selección de métodos de interpretación (y la elevación de meros criterios a principios jurídicos) parece adecuarse según la ocasión y el interés empresarial. Curioso fallo es el que confirma la nulidad -evacuada por la Corte de Santiago- de la sentencia de un Juzgado Laboral que tuteló derechos fundamentales. Aquí, la cuarta sala de la Corte Suprema confirmó la nulidad resuelta por la Corte santiaguina, validando la interceptación y apertura patronal de mensajería electrónica de una trabajadora de la empresa CADEM; sentenció utilizando la técnica Alexy por sobre principios laborales y el derecho constitucional a la inviolabilidad de la correspondencia.
Ahora, sus fallos sirven para verter particulares prejuicios y animadversión político-partidaria: otro fallo, esta vez evacuado por una sala de la Corte de Santiago, asignando legalidad a un reportaje del Canal 13 que -tendenciosamente- asignó roles político-partidarios e involucró a un grupo de estudiantes secundarios.
Agréguese la selección clasista incluso en la operación del mecanismo de prisión preventiva, como lo acredita el reciente estudio “Discriminación e impacto negativo de la prisión preventiva en la vida de las personas” (Instituto de Sistemas Complejos de Ingeniería, ISCI, Santiago, 2018).
El rol del Tribunal Constitucional (de sus miembros, ubicados mediante “consenso” por el duopolio senatorial), ni siquiera merece mención que no sea anotar su subordinación a los intereses empresariales… Su rol de instrumento al servicio de éstos es nítido y pleno.
La “colaboración” legislativo-gubernamental y administrativa.
Súmese a ello las facultades excluyentes entregadas a quienes controlan aparatos oficiales ajenos al Ministerio Público, para impulsar investigaciones penales respecto de no pocos delitos de lesión económicosocial; como lo son -ahora- no sólo la Fiscalía Nacional Económica y el Servicio de Impuestos Internos, sino, además y entre otros, quienes manejan el Servicio Electoral (de conocida militancia en corrientes conservadoras).
Y la atenuación del rol fiscalizador estatal hacia la gran empresa, no sólo limitando su actividad, obligaciones e instrumentos de acción (caso del Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC), sino, desde un comienzo, atenuando sus denominaciones: de Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras a mera y simple Comisión para el Mercado Financiero.
Pero es el mandato de sus patrones: amparar el régimen económico, cerrando puertas al cambio social.

"...Necesitamos ver más allá del simple acto...". Coculpabilidad...



Víctima y victimario dañados por una sociedad que vulnera derechos, que no garantiza lo básico, que excluye, que mal educa con una escuela podrida por la selección, el mérito y la estandarización. Un modelo de sociedad clasista, individualista e intolerante que está destruyendo día a día lo poco que nos queda. Se llama capitalismo neoliberal, conservador, patriarcal y oligárquico y es administrado por sus propios dueños, o por sus empleados en versión fanática-integrista o en versión progre...”. (José Miguel).

...Necesitamos ver más allá del simple acto...”.

...Wow, él es Sebastián, lo conocí hace años cuando él era sólo un niño que quería olvidar su entorno aunque fuera unos minutos.. Vivía a un lado del galpón que administré y fue centro deportivo cultural, incluso gracias a él tuvimos luz al comienzo. Mis amigos y yo vimos su situación y tratamos de ayudar y apoyar... Es un niño abandonado de un padre ausente y una madre alcohólica. Muchas veces lo vi llorar porque trataba de levantar a su madre que yacía tumbada en cama, producto del alcohol. Varias veces ni siquiera tenía para comer... Le enseñamos a andar en Skate... A hacer deporte a tocar instrumentos... Le dimos ropa y hasta comida... Él estaba cambiando y se veía una persona que sí quería salir adelante... Un día nos cerraron ese sitio y no se pudo continuar el proyecto... Para la Municipalidad ya no eramos más que jóvenes arriba de una patineta... A Sebastián lo dejamos de ver como antes lo hacíamos hasta que en los años lo volvimos a ver... Pero era otro... El vivía en la calle... Se había vuelto punk y andaba ya metido en temas de violencia... Él sólo trataba de encajar en un grupo... Ser aceptado y sentir el cariño o apoyo que nunca tuvo en su familia...
Luego la calle... La droga... El vicio lo llevó a otros caminos... Como el que vemos hoy! NO JUSTIFICO SU ACTUAR pero a veces tenemos que ver más allá de sólo el acto y darnos cuentas que esa persona homofóbica y delincuente como lo tachó la sociedad no es nada más que otra víctima de una vida injusta, una vida a la que él no pidió venir... Él sufrió la discriminación, la violencia y el abandono alrededor de toda su vida... Y paradójicamente son los mismos hechos de violencia y discriminación los que le pasaron la cuenta y hacen que vaya a la cárcel.
NO digo que no merece ir a la cárcel... Cada acción tiene su reacción y consecuencia...
Pero insisto, necesitamos ver más allá del simple acto... Creo que acá todos son víctimas de una u otra forma...”.
Ozkar Peralta Martínez.
Santiago, 11 de marzo de 2019.