RIVACOBA Y BECCARIA...

Roles desconocidos de la obra de BECCARIA, y la circunstancia económicosocial en la que se presenta e incide, son apuntadas por FOUCAULT; también su contribución en la que denominó regla de los efectos laterales, una de aquellas en que reposa la semiotécnica con que –según el pensamiento foucaultiano- se procura armar el poder de castigar en el siglo XVIII.

   BECCARIA tuvo papel esencial en la obra de RIVACOBA; numerosas e intensas son sus referencias al milanés; por ejemplo en su Reforma penal de la Ilustración (1987):
 

XI.
Hablando, del siglo XVIII y de la orientación en él del Dere­cho penal, se subraya siempre, con razón, su utilitarismo. Sin embargo, bajo este utilitarismo yace un indudable y no menos importante fondo ético. En Beccaria se aprecia muy bien. Kant le reprocha su ‘sentimiento de humanidad mal entendido’ [26], pero Guido de Ruggiero [27] y Piero Calamandrei [28] han puesto de manifiesto que el autor de Dei del¡tti e delle pene se anticipó al imperativo categórico del filósofo de Koe­nisberg y al profundo respeto que envuelve de la persona humana en su inalienable entidad moral [29], cuando en el parágrafo XXVII de su opúsculo escribió que “no hay libertad donde las leyes permiten que en determinadas circunstancias el hombre deje de ser persona y se con­vierta en cosa"[30],  exaltando y reverenciando así la dignidad incompa­rable de lo humano. Por lo demás, tal pensamiento atraviesa y anima a toda la doctrina de la época, en su reconocimiento y garantía de la inconfundible eminencia del individuo”.

   No podemos suministrar el formato digitalizado de la edición de Franco Venturi de Dei delitti e delle pene, versión muy apreciada por Manuel. 

   Enlazamos con la versión digital disponible de Dei delitti e delle pene, es decir, la edición radicada en Argentina (Editorial Heliasta) y fechada en 1993, prologada por Guillermo Canabellas.  

   Según afirma Canabellas en su presentación, “La primera edición en castellano corresponde a la traducción de Juan Antonio de las Casas (…) . Se ha sostenido que se trata de un seudónimo, detrás del cual se esconde el conde de Campomanes, y también se ha afirmado que es obra del abate Juan Alvares o Alvarez. Es de observar que la edición del libro De los delitos y de las penas publicada en Madrid en 1822, por la Imprenta Alban, y reproducida en una segunda edición (Versalles-Imprenta de Allis, París, 1828) no da noticia alguna del traductor. Es el editor el que advierte ‘que se ha buscado todo cuanto había de mejor en las traducciones precedentes’, agregando a la edición ‘todo cuanto se necesita para una obra completa’, proclamando finalmente: ‘Creemos, pues, que hemos superado a aquellos que han publicado antes que nosotros la misma obra’.

   Reproducimos integralmente -limitándonos a leves correcciones tanto de algunas visibles erratas de imprenta como de voces del castellano caídas en desuso-, la traducción publicada en 1822, en Madrid, en la Imprenta Alban, la que también ‘hállase en casa Rosa, en París, gran Patio del Palacio Real’. Las correcciones hechas no desvirtúan, ni menos modifican, el texto original”.


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