Sobre
JIMÉNEZ DE ASÚA.
CULPABILIDAD
Y CONCEPCIÓN NORMATIVA.POSIBILIDAD Y APLICACIÓN DE EXCULPACIÓN SUPRALEGAL.
“En La teoría jurídica
del delito apenas cita a Mezger. Era natural. En La ley y el
delito, en cambio, está muy cerca de él. La tajante separación entre
antijuridicidad y culpabilidad ha desaparecido y reconoce la existencia de los
elementos subjetivos de lo injusto. Pero la novedad más importante es haberse
desprendido de la concepción meramente psicológica de la culpabilidad y haber
adoptado, con algún punto de vista personal —la imputabilidad como presupuesto
de la culpabilidad y la integración en ésta de la peligrosidad—, la concepción
normativa, sin rechazar sus últimas consecuencias, es a saber, la posibilidad
lógica y la aplicación efectiva de una exculpación supralegal, antes bien,
defendiéndola, con entusiasmo. Y hay un esfuerzo meritísimo por elaborar una
teoría amplia e integral del error como causa de inculpabilidad”. (De “La figura de Jiménez de Asúa en el Derecho penal”, 1989).