EL DERECHO Y LO ANTIJURÍDICO. JUSTIFICACIÓN LEGAL Y SUPRALEGAL.


EL DERECHO Y LO ANTIJURÍDICO. JUSTIFICACIÓN LEGAL Y SUPRALEGAL.

“[…] si el Derecho ontológicamente tiene por fin proteger y regular los intereses de la vida humana y no siendo el interés más que el reflejo subjetivo del bien, es decir, de un objeto valorado positivamente, que realiza un valor, y por ello protegido jurídicamente, y si por definición lo antijurídico es lo que contradice al Derecho, no hay real y efectivamente contradicción sin lesión o a lo menos puesta en peligro de un bien jurídico; pero además, se necesita que esta lesión, sustancial –destrucción o disminución- o potencial –peligro-, ofenda los ideales valorativos de la comunidad. Y con una concepción esen­cial así de la antijuridicidad, es evidente que un acto no es injusto si no infringe dichas normas o si no daña y ofende como queda dicho, aunque no se le pueda acaso aplicar nin­guna causa legal de justificación, ninguna de las formas más comunes en que tal cosa ocurre y por ello recogidas en la ley. Se abre de este modo, junto a la justificación legal, la posi­bilidad de una justificación supralegal, que no deja de ser jurídica, sino que brota del propio contenido y la médula del Derecho, de los fines que informan, individualizan y perfilan un ordenamiento positivo”.
[De “El proceso de Lieja a la luz de la dogmática penal”, 1965].
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