Chile: para respetar derechos esenciales, “Protocolos” en vez de Reglamentos, y utilizables según convenga.





















El recientemente publicitado “Protocolo” (para la Lengua Española: “regla ceremonial diplomática”) de Carabineros de Chile, que “regula” la represión callejera de protestas sociales, contiene un precepto cuya norma prohíbe direccionar el cañón de agua del carro guanaco –su chorro posee enorme violencia- hacia las personas. Ahora, dicha guardada prohibición sirvió a su jefatura para encuadrar la supuesta “dada de baja” del funcionario (supuesta, ya que no consta que así haya sido) que manejaba el cañón del carro guanaco que azotó y tumbó al estudiante Rodrigo Avilés, el pasado 21 de mayo, en Valparaíso, y que le tiene en estado crítico.
Es decir, dicha norma habría sido quebrantada exclusivamente por dicho funcionario. Sin embargo, revisando la historia reciente de represión callejera, vemos que en Chile es práctica común de Carabineros azotar, abatir o tumbar personas con tal medio.
Tan mala costumbre interna, ilícita y gravemente lesiva, no había despertado interés en el alto mando sino hasta el pasado jueves 28, en que debieron reconocer (y asir o cogerse de algo) la conducta perpetrada el 21 de mayo.
¿Cinismo mayor? Ahora sirvió para cortar el hilo por lo más delgado.